Normalmente nos gusta tener varios productos de belleza, tanto de tratamiento (limpieza, hidratación) como de maquillaje, para así ir variando. Tambien en ocasiones compramos más productos de los que necesitamos para guardarlos y usarlos cuando nos hagan falta.
Antes del 2005 no era obligado que en los envases de los productos viniese fijado el plazo de tiempo durante el cual, una vez abierto el producto, iba a conservarse en buen estado. Esta normativa solo obligaba a facilitar el plazo en los productos que tuvieran una conservación inferior a treinta meses. Pero a partir de ese año, el Consejo de Ministros aprovó un Real Decreto que obligaba a incluir este dato en el etiquetado, por lo que hemos de desconfiar de cualquier producto que no nos facilite este dato.
En los envases aparece un dibujo con una apertura superior, con un número en su interior, que se refiere a los meses que el producto se conservará en buen estado una vez abierto. Este dato es muy útil en aquellos cosméticos que, una vez abiertos pierden sus propiedades o se alteran, de manera que podría causar un riesgo para el consumidor.
El problema surge en aquellos productos que no tienen precinto, ya que en las propias tiendas se pueden abrir, y al adquirirlo no sabemos cuanto hace que fue abierto por primera vez. Por eso, hemos de evitar los productos que no venga precintados, y en todo caso, nunca usar un producto hasta el límite del plazo que nos viene dado.
